Las primeras clasificaciones incluían bajo la denominación de trastornos del lenguaje únicamente las discapacidades referentes a la función motora de los órganos vocales, excluyendo así perturbaciones centrales, como la afasia. En otro extremo se sitúan los que incluyen bajo el concepto todas las discapacidades físicas y mentales que obstaculizan la comunicación verbal, incluyendo la esquizofrenia, la condición de sordo o hipoacúsico, lo paladar hendido o alteraciones en la lectura y en la escritura, como ladislexia y la disortografía.
Una posición más moderada consideraría como trastorno del lenguaje las perturbaciones referidas específicamente a la producción y a la recepción del habla, condiciones que excluyen las anomalías del lenguaje que son consecuencia de otros desórdenes, como las características de la esquizofrenia. También se excluirán los que son más propios de trastornos de la voz (disfonías y fenopatías), aunque pueden ser incluidas aquellas alteraciones que, a pesar de ser consecuencia de otros síndromes clínicos, pueden ser recuperables, o aquellos que son en parte consecuencia de trastornos propios del lenguaje.
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